A partir del examen del escrito de apelación interpuesto en su oportunidad por la defensa de Xxxx Xxxx, advierte la Sala que no se ha sustanciado en autos la correspondiente incidencia relacionada con la nulidad que allí se impetra respecto del acta de procedimiento en la que se procediera a la incautación del arma de fuego (Fs. 467/470, Punto III). En tal sentido, previo a resolver dicha cuestión, y a los fines de preservar la garantía de la doble instancia, hágase saber sobre ello al Juzgado interviniente a los fines correspondientes (Arts. 166 y ss. del CPPN).
Nulidad – Planteada con la apelación – Se hace saber al juzgado para su tramitación
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