Resulta oportuno destacar que, en el marco de las presentes actuaciones, se resolvió acumular el incidente xxxxxxxxxx, en virtud de la naturaleza de los objetos procesales en cuestión, los cuales reflejan que los agravios planteados en ambos recursos interpuestos por la defensa de xxxxxxx se dirigen en una misma pretensión.
Sobre el punto, cabe rememorar que, en el marco de dicho incidente acumulado al presente, el recurrente planteó agravios en el mismo sentido que los aquí ponderados, atendiendo esencialmente a la resolución denegatoria como arbitraria por no atender los principios establecidos en los arts. 210, 221 y 222 del C.P.P.F. que ameritan la posibilidad de realizar diversas medidas tendientes a evitar el dictado de la prisión preventiva del encausado.