Arbitrariedad – Fundamento en las actuaciones que anteceden a la decisión.

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“Si bien expuso brevemente los motivos en los que se basaba la decisión, no puede obviarse que el decreto cuestionado, fue antecedido por todas las actuaciones que le fueran remitidas por Gendarmería Nacional.

Ahora bien, de estos actos anteriores del proceso, se deriva la utilidad, razonabilidad y proporcionalidad de la medida, a la vez que constituyen -en el caso concreto- el escenario preexistente que permitió que el decreto cuestionado pueda prescindir de una detallada exposición de los motivos y exhibirlos del modo genérico en que se lo hizo (en similar, dictamen del Procurador General de la Nación, al que se remitió la mayoría de los integrantes de la CSJN en Fallos: 325:1845) o, exteriorizaron los elementos objetivos del expediente que sirvieron para fundar una mínima sospecha razonable (Fallos: 333:1674) o, bien, integraron las incontrovertibles constancias arrimadas al proceso con anterioridad al dictado del auto, que constituyó una derivación lógica de lo actuado hasta el momento (CFCP, S. I, FCB 33972/2015/TO1/CFC2, “Cortez, Jorge Hugo y otro s/recurso de casación”, registro N° 600/21, resuelta el 29/4/2021).

De esta manera, se evidencia que, en este caso específico, el juez fundamentó la medida de acuerdo con los parámetros referidos.”

Ref.: FPA 6334/2021/3/CA2, Carátula: “s/INCIDENTE DE NULIDAD”, del Juzgado Federal de San Isidro 2,  Secretaría Nº 6 Registro de Cámara: 13.080.