En cuanto a la alegada desproporcionalidad del castigo impuesto, por considerar que en el presente se da un caso de “pena natural”, la Sala entiende que el principio invocado resulta de carácter eminentemente excepcional, extremo que no se advierte en autos.
CFASM – SALA I-SEC. PENAL N° 3 Causa N° 37/2017/CA1 (8132). “NN: GONZÁLEZ, JUAN MARTINIANO s/DAÑOS DAMNIFICADO: GONZALEZ MARTINIANO, JUAN”. Juzgado Federal N°1 de Morón. Secretaria Nº4. Reg. 8140.