“… puede sostener que en la medida en que el procesamiento es un presupuesto indispensable para disponer la vista prevista en el artículo 346 del CPPN, el requerimiento de elevación a juicio no resulta válido cuando se encuentra pendiente de decisión la apelación deducida contra aquella resolución, ya que la instrucción no puede -con ese déficit- considerarse completa.”
Ref.: Causa N° 33000384/2011/33/CA11, Carátula: “Incidente Nº 33 – IMPUTADO: P., R. A. s/INC. NULIDAD”, del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nro. 1 de San Isidro, Secretaria Nº 3. Registro de Cámara:10131 – Sec. Pen 3.