Casación – Homologación del acuerdo de conciliación – Se concede

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///Martín, 3 de marzo de 2026.-
VISTOS Y CONSIDERANDO:

Que el Sr. fiscal general dedujo recurso de casación contra el decisorio del Tribunal que confirmó el auto apelado mediante el cual se homologó el acuerdo conciliatorio celebrado, en los términos del artículo 34 del Código Procesal Penal Federal, entre Marcelo Gustavo Álvarez y el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (Cfr. Reg. N° 11.732).

Encontrándose acreditado en el caso el presupuesto de admisibilidad del recurso, en tanto la resolución impugnada impide la continuación del proceso (Art. 457 del Código de Procesal Penal de la Nación), y habiendo fundado el recurrente su impugnación en la inobservancia y errónea aplicación de la norma procesal (Art. 456, inc. 2°, del citado cuerpo legal), se consideran reunidas las condiciones para hacer lugar al remedio procesal intentado.

Por ello, el Tribunal RESUELVE:
I. CONCEDER el recurso de casación interpuesto por el Sr. Fiscal General, contra la decisión de esta Sala del 18 de diciembre del 2025 (Reg. N° 11.732).
II. EMPLAZAR a los interesados para que en el término de ocho días concurran a la Cámara Federal de Casación Penal, a mantenerlo, ante la cual se elevarán estos actuados (Art. 464 del Código Procesal Penal de la Nación).
III. TENER PRESENTE la reserva de caso federal formulada por el recurrente.
Regístrese, notifíquese, hágase saber a la Dirección de Comunicación y Gobierno Abierto de la CSJN (Acordada 10/25 y ley 26.856) y cúmplase.-

Ref.: Causa N° FSM 12848/2021/1/1 Registro de Cámara: 11.789