Pericia de voz – Instrucción acotada – Puede ser solicitada en cualquier estado del sumario.

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Por otro lado, en cuanto al agravio incorporado por la defensa, relativo a que no se cuenta en autos con ningún examen pericial que permita determinar la correspondencia de las voces obtenidas en las intervenciones telefónicas, debe destacarse que la instrucción del sumario, etapa procesal que ahora se transita, es más acotada, orientándose, fundamentalmente, a la recolección de pruebas y es en la etapa del juicio propiamente dicha, donde se otorga a las partes la más amplia posibilidad de generar pruebas y efectuar ajustadas valoraciones, donde se desarrolla, además, el amplio y perfecto ejercicio del derecho de defensa consagrado en la Constitución Nacional.

Sin perjuicio de ello, merece destacarse que la medida reclamada, puede ser solicitada por la parte en cualquier estado del sumario y –aún- ser ordenada por el juez instructor, si lo considera útil y pertinente.