Nulidad – Cambio de calificación no configura agravio constitucional

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“…  cabe recordar que es doctrina inveterada del Supremo Tribunal de la Nación que el cambio de calificación no configura agravio constitucional, siempre que el pronunciamiento final verse sobre los mismos hechos que fueron objeto de debate en la causa (cfr. CSJN: Fallos: 263:32; 268:257; 471; 303:267, 947, entre otros; y esta Sala I en autos FSM27004012/2003/11/1, exp. int. n°10.903 “Sibilla, H.F.J.” rta. el 06/06//2014, reg. 9943 y sus citas).”

Ref.: Causa N° FSM 27004012/2003/359/CA88 (Exp. Int. 13598), Sec. Penal Ad Hoc 15/7/2020.