Ahora bien, sin perjuicio de lo sentado precedentemente, ha de recordarse que, por aplicación del principio de actualidad, los Tribunales en todas sus instancias deben pronunciarse según las circunstancias existentes al momento de resolver (Conf. CSJN, Fallos: 285:353; 310:819; 315:584; 339:1701; 339:1478; 340:1433; 341:124; 341:590; CFCP, Sala 1, Expte. FPO 8612/2017/TO1/3/5/1/CFC1, “Aquino Agúero, Soledad s/recurso de casación”, Rto. el 14/07/2020,… Leer más »
En el caso, ante la petición de nulidad habrá de señalarse que es criterio del Tribunal, reiteradamente sustentado en numerosos precedentes, que las articuladas contra actos de la instrucción deben plantearse ante el juez de grado por la vía prevista en el Art. 170 in fine del CPPN, no pudiendo introducirse tal reclamo al alegar sobre el recurso de apelación… Leer más »
Liminarmente, respecto de la admisibilidad del recurso, toca indicar que, si bien asiste razón al Sr. Fiscal General en torno a que la apelación fue planteada en forma extemporánea -luego de tres horas de trascurrido el vencimiento del plazo previsto en el Art. 332 del CPPN-, lo cierto es que, en el caso concreto, el Tribunal entiende que de declararse… Leer más »
Si bien asiste razón a la defensa al indicar que aún no se han agregado los resultados de la pericia de la especialidad, no puede dejar de valorarse que el día del procedimiento se llevaron a cabo los test de orientación. Ellos dieron como conclusión presuntiva, la presencia de ambos alcaloides en las muestras tomadas. Este resultado permite, hasta tanto… Leer más »
San Martín, de septiembre de 2021.- VISTOS Y CONSIDERANDO: De lo actuado en el legajo se advierte que tras la denegatoria de excarcelación dispuesta por el Juzgado Federal de Campana, respecto de C. A. B., este tribunal decretó el procesamiento del causante en orden al delito de transporte de estupefacientes y, al mismo tiempo, declaró su incompetencia territorial en favor… Leer más »
“… toca señalar liminarmente que el acto procesal al que alude el recurrente, es por su naturaleza de alcance provisional, puesto que la cuestión que se pretende debatir no causa estado ni impide que las partes, en los actos procesales esenciales y contingentes, postulen un encuadre jurídico distinto al asignado por el señor juez a quo (CFSM, Sala I, c…. Leer más »
///Martín, 20 de marzo de 2023.- VISTOS Y CONSIDERANDO: Que la parte querellante -Cooperativa de Trabajo El Glaciar Ltda.- dedujo recurso de casación contra la decisión de esta Sala que confirmó el auto que dispuso el archivo de las actuaciones, de conformidad con lo normado en el artículo 195, segundo párrafo, del CPPN (Reg. Nro. 10.582). Encontrándose acreditado en el… Leer más »
Cabe recordar que la falta de mérito no es conclusiva del proceso ni causa estado, en tanto que el procesamiento, constituye una declaración jurisdiccional de presunta culpabilidad del imputado, situación que -por el momento- no se verifica en el sub examen. Sobre este instituto en particular se ha sostenido que representa una situación intermedia entre el sobreseimiento definitivo y el… Leer más »
“Las declaraciones que se anularon, se invalidaron porque para los actos se requirió juramento. Son actos procesales únicos y no corresponde sean divididas diferenciando destinatarios de incriminaciones.” Ref.. Causa N° CNE 1614/2015/26/CA2, Carátula: “Incidente Nº 26 – IMPUTADO: BAVIO, SEBASTIÁN MARCOS Y OTROS s/INCIDENTE DE NULIDAD”, del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de San Martín N° 2, Secretaria… Leer más »