“… la ley no prescribe formalidad alguna a los fines de realizar la comunicación al juez del lugar y no se encuentra prevista la sanción de nulidad en caso de incumplimiento.” Esta Sala –con otra integración- interpretó que la excepción prevista por la norma responde a exigencias de orden administrativo, puesto que se refiere a la cooperación y coordinación de… Leer más »
“Sin perjuicio de ello, la parte tampoco alcanza a demostrar cómo, de verificarse, la omisión pudo conculcar la garantía de juez natural con el alcance dado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los términos antes referidos.” “Cabe recordar que la manda del artículo 32 de la ley de estupefacientes responde a exigencias de orden administrativo, esto… Leer más »
Tiene dicho la Sala que la evaluación acerca de la existencia de mérito para llamar a una persona sospechada de haber participado en un delito, en los términos del Art. 294 del código de forma, queda reservada a la discrecionalidad del juez instructor (Cfr. entre otras, CN. 15909/2013/1/CA1, “Rubilar Panasiuk, Christian Demian y otros”, Rta. el 13-3-2015, Reg. N° 10.236… Leer más »
Tiene dicho la Sala que la referencia cierta y concreta con que se cuenta a los fines de establecer si la acción penal se encuentra vigente, no puede retrotraerse al momento en el que fuera desposeído el titular del bien, dado que no existe pauta objetiva alguna que así lo determine. En caso de desconocerse la fecha de su receptación,… Leer más »
Cabe recordar lo sostenido por la Cámara Federal de Casación Penal, Sala IV –voto de la mayoría-, respecto a que “siendo la autodeterminación tributaria el principio general, la presentación en el caso de una declaración jurada en la cual se declararon datos falsos y que se apoya en documentación con datos contradictorios, podría constituir, en principio, un ardid idóneo a… Leer más »
“Así, la actual redacción de la ley 27.430 establece, en su artículo 16, la extinción de la acción penal por pago “si se aceptan y cancelan en forma incondicional y total las obligaciones evadidas, aprovechadas o percibidas indebidamente y sus accesorios, hasta los treinta (30) días hábiles posteriores al acto procesal por el cual se notifique fehacientemente la imputación penal… Leer más »
Ceñida la Sala a aquello que ha sido motivo de agravio, se advierte que la recurrente al momento de celebrarse la audiencia ante esta Alzada, centró su queja en la atipicidad de las conductas atribuidas a los nocentes, al entender que las prendas secuestradas en su poder resultaban inhábiles para inducir a engaño y, consecuentemente, sin virtualidad para vulnerar al… Leer más »
El auto denegatorio de un recurso de apelación ordinario o extraordinario no es recurrible y sólo autoriza a ocurrir directamente en queja. Y siendo fatal y perentorio el término para la articulación de esta última, no se suspende por los recursos improcedentes que se interpongan para ante el mismo y otros tribunales. Rebolo, Angel c/ Mendes, Adelino. 1975 Fallos: 292:87
La metodología consistente en remitirse al dictamen fundado del fiscal de Cámara que atendió a cada uno de los agravios vertidos en el memorial que sustentara la apelación produce el efecto de tener por reproducidas y por propias las argumentaciones expuestas por el representante del Ministerio Público. Este proceder no priva de la debida fundamentación a su decisión ni vulnera… Leer más »